lunes, 4 de abril de 2016

LA DIVISION DE PODERES

La división de poderes ha sido una de las piezas maestras de la doctrina constitucional moderna. Al lado de la doctrina de la soberanía popular, de los derechos del Hombre y del régimen representativo, la exigencia de dividir el ejercicio de las potestades del Estado fue técnica obligada en la elaboración de las constituciones que surgieron de las revoluciones liberales en América y Europa.

El poder legislativo es el encargado de generar las leyes que regirán en un territorio. Las mismas salen a la luz luego de una deliberación de congresales, que argumentan puntos a favor, puntos en contra, enmiendas, etc. Estos congresales son elegidos para representar a los votantes y tienen diversos medios para ejercer un control hacia el poder ejecutivo o hacia el poder judicial. 

el poder ejecutivo. El mismo se identifica con el poder encargado de gestionar al estado, representándolo internacionalmente. Su finalidad es la de hacer cumplir las leyes y tiene una cabeza máxima cuya elección depende del sistema en cuestión. El poder ejecutivo suele disponer de distintos funcionarios que velan por distintas áreas de interés nacional, funcionarios seleccionados por la cabeza del estado. 

El poder judicial es el poder encargado de que las leyes vigentes sean aplicadas correctamente. El mismo tiene un carácter ante todo técnico, evaluando si existen casos de incumplimiento en dichas leyes y arbitrando entre conflictos de distinta índole que se pueden suscitar en el interior de la sociedad.  

la división de poderes es fundamental para el desarrollo de una republicana libre y soberana ya que si no hubiese sucedido este suceso gracias a Montesquieu él fue el que creo la división de poderes que se dividen en Ejecutivo, Legislativo y Judicial ya que si no se hubiera creado seriamos un país quien nos gobernaría reyes príncipes por la cual seriamos un país monárquico.


BIBLIOGRAFÍA:
TNOCO, J. U. (28 de JULIO de 1998). UNAM. Obtenido de UNAM: http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/revlad/cont/7/cnt/cnt7.pdf

7 comentarios:

  1. Muy buena información solo falto que remarques cada poder

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  2. Para la administración de los poderes y que no recaiga en uno solo se hizo la división de poderes para que uno no tenga el poder absoluto buen tema.

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  3. El poder ejecutivo y legislativo es el que nosotros elegimos, siendo el presidente y los diputados y senadores, el poder judicial es elegido por la suprema corte

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  4. hay que conocer más sobre nuestros poderes y cual es su función porque muchos los desconocen, buena información, no es muy extenso pusiste lo importante.

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  5. la división de los tres posderes está explicitado en la constitución nacional
    poder ejecutivo : presidente , vicepresidente (y ministros.que son puestos por el presidente)
    poder legislativo: congreso con dos cámaras Diputados y Senadores (elegidos por el pueblo)
    poder judicial: corte suprema de justicia , nombrados por el presidente

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